NEGLIGENCIAS

NEGLIGENCIAS MÉDICAS

Reclama tu indemnización

Para reclamar negligencias médicas resulta imprescindible un asesoramiento especializado y verdaderos conocedores del Derecho Sanitario y el Derecho de daños en general. Desde Commune Abogados le ofrecemos un servicio dedicado y altamente cualificado en reclamación de indemnizaciones por negligencias médicas. así como por accidentes.

¿CUANDO PODEMOS LLAMAR NEGLIGENCIAS MEDICAS?

Lo primero que debemos hacer ante unas supuestas negligencias médicas es analizar si realmente se trata de una verdadera negligencia médica. En numerosas ocasiones los daños ocurridos en un hospital son consecuencia de una negligencia y su patología o daño se agrava por una mala praxis del facultativo.

Los daños producidos por negligencias médicas tienen que provenir de una actuación o una omisión médica siempre y cuando el facultativo actué sin cumplir con las normas denominadas Lex Artis Médica y que se recoge en las guías o protocolos médicos.

En consecuencia los tres elementos que deben de concurrir para que podamos plantear con garantías unas negligencias médicas serían los siguientes:

  • DAÑO
  • ACTUACIÓN MÉDICA NEGLIGENTE
  • RELACIÓN DIRECTA ENTRE LA ACTUACIÓN Y EL DAÑO.

Commune Abogados trabaja las negligencias médicas desde una perspectiva de servicio integral, para que cualquier mala praxis o negligencia sea analizada desde una perspectiva  profesional y objetiva y con el único fin de garantizar la viabilidad de las reclamaciones así como las indemnizaciones, tanto en vía civil como penal.

NEGLIGENCIAS MÉDICAS MÁS COMUNES

Dentro de las negligencias médicas más comunes que generan obligación de indemnizar, son las siguientes:

  • Intervenciones Quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente con resultados de fallecimientos injustificados, tetraplejias, paraplejias, parálisis o disfunciones nerviosas.
  • Falta de empleo de los medios adecuados de diagnóstico o su empleo a destiempo. Ejemplo: Procesos cancerígenos, en los que la detección precoz va relacionada directamente con la supervivencia del paciente.
  • Prescripción inadecuada de medicamentos, que pueden producir el fallecimiento o lesiones graves como alergias severas, coma…
  • Falta del consentimiento informado previo por escrito del paciente anteriormente a la práctica de operaciones quirúrgicas o de la utilización de medios de diagnóstico de riesgo.
  • Cirugía Estética: Por no obtención del resultado prometido.
  • Por errores de diagnóstico que produzcan daños.
  • Pérdida de la oportunidad de sobrevivir por la no prestación adecuada de cuidados médicos.
  • Por transmisión transfusional de enfermedades infecciosas.
  • Por infecciones hospitalarias
  • Daños en el feto por negligencia en el transcurso del parto, o por prescripción de medicamentos a la madre.
  • Por daños causados por no seguimiento de los Protocolos y Guías médicas al uso.
  • Listas de espera que pueden agravar y causar daños al paciente.
  • Daños producidos por el propio material quirúrgico.
  • Daños producidos por la radiación excesiva del paciente.
  • Olvido de material médico dentro del cuerpo del paciente.
  • No prestarse la asistencia sanitaria de urgencia o tardanza en prestarla.

Y recuerde, si considera que ha sido victima de una negligencia médica no dude en consultarnos y siga estos consejos:

  • Redacte el relato de los hechos acontecidos de la manera más exhaustiva posible
  • Pida su historia clínica. (si transcurrido un mes no se lo han entregado, póngase en contacto con nosotros)
  • Intente obtener grabaciones  a médicos que reconozcan verbalmente la negligencia.
  • Recopile los partes de incapacidad temporal (baja) que en su caso existan.
  • Obtenga certificado o factura de medicamentos comprados en una Farmacia.

INDEMNIZACIONES

1.- INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL:

Durante la estancia hospitalaria           71,84 Diarios

Sin estancia hospitalaria:

 Impeditivo*                               58,41 Diarios

No Impeditivo**                         31,43 Diarios

Estas cantidades se verán incrementadas hasta en un 75% en función de los ingresos de la victima.

Nota importante: La indemnización se calcula en base al tiempo necesario para la curación, por ello nunca debemos de confundir baja laboral con baja médica.

*Días impeditivos: período de curación es aquel en que la víctima ha estado incapacitada total o parcialmente para sus ocupaciones o actividades habituales

**Días no impeditivos: período de curación en que la víctima si ha podido realizar sus actividades cotidianas pero mantiene tratamiento médico.

2.- INDEMNIZACIONES POR LESIONES PERMANENTES E INCAPACIDAD PERMANENTE.

Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes

  • Lesiones permanentes: En función de las secuelas un médico Forense determinara los puntos correspondientes a la lesión, trasladándose posteriormente a la cuantía económica; conforme la tabla que puede conocer pinchando aquí
  •  
  • Incapacidad permanente parcial para la ocupación o actividad habitual sin impedir tareas fundamentales de la misma, el baremo establece cuantías hasta 19.172,54 €.
  • Incapacidad permanente total para la ocupación o actividad habitual se establecen cuantías hasta 95.862,67 €.
  • Incapacidad absoluta para cualquier ocupación o actividad, el baremo establece cuantías hasta 191.725,34 €.
  • Grand Invalido: estados de coma o vegetativos crónicos, parapléjicos y tetrapléjicos, ceguera, alteraciones mentales o psíquicas… en estos casos se establece cuantías hasta 382.303,74 €, la legislación también establece cuantías para adecuación de la vivienda (hasta 95.000) como para cuidados y atención (hasta 145.000€) que se sumarán a las cantidades anteriores.

3.- INDEMNIZACIONES POR MUERTE.

Dependiendo de las circunstancias del fallecido y sus familiares, los beneficiarios pueden ser los hijos, cónyuge, padres, hermanos, abuelos y dependiendo de las circunstancias y grado de afinidad familiar les corresponden indemnizaciones hasta y 172.552 €, estas cuantías pueden verse incrementadas hasta un 75%.

Puedes conocer más sobre negligencias medicas pinchando aquí.

Y recuerde, si tiene cualquier duda sobre negligencias médicas, póngase en contacto con nosotros y le realizaremos un dictamen totalmente objetivo sobre si puede o no prosperar su pretensión; además no tendrá que pagar nada, por cuanto en estos tipos de procedimientos trabajamos a cuota Litis, es decir, sólo cobraremos en función de lo que usted cobre.

El equipo de Commune Abogados.

NEGLIGENCIAS MÉDICAS

negligencias médicas

TUS ABOGADOS PARA NEGLIGENCIAS MÉDICAS

Para reclamar negligencias médicas resulta imprescindible un asesoramiento especializado y verdaderos conocedores del Derecho Sanitario y el Derecho de daños en general. Como abogados para negligencias médicas le ofrecemos un servicio dedicado y altamente cualificado en reclamación de indemnizaciones por negligencias médicas.

¿COMO TRABAJAMOS LAS NEGLIGENCIAS MÉDICAS?

Commune Abogados trabaja las negligencias médicas desde una perspectiva de servicio integral, para que cualquier mala praxis o negligencia sea analizada desde una perspectiva  profesional y objetiva y con el único fin de garantizar la viabilidad de las reclamaciones así como las indemnizaciones, tanto en vía civil como penal.

¿Ha sido victima de una negligencia médica?

Si considera que es víctima de una negligencia medica, no dude en consultarnos y siga estos consejos:

  • Redacte el relato de los hechos acontecidos de la manera más exhaustiva posible
  • Pida su historia clínica. (si transcurrido un mes no se lo han entregado, póngase en contacto con nosotros)
  • Intente obtener grabaciones  a médicos que reconozcan verbalmente la negligencia.
  • Recopile los partes de incapacidad temporal (baja) que en su caso existan.
  • Obtenga certificado y/o factura de medicamentos comprados en una Farmacia, en su caso.

¿CUANDO PODEMOS LLAMAR NEGLIGENCIAS ?

Lo primero que debemos hacer ante unas supuestas negligencias médicas es analizar si realmente se trata de una verdadera negligencia médica. En no pocas ocasiones los daños ocurridos en un hospital son consecuencia de una negligencia y su patología o daño se agrava por una mala praxis del facultativo.

Los daños producidos por negligencias médicas tienen que provenir de una actuación o una omisión médica siempre y cuando el facultativo actué sin cumplir con las normas denominadas Lex Artis Médica y que se recoge en las guías o protocolos médicos.

En consecuencia los tres elementos que deben de concurrir para que podamos plantear con garantías unas negligencias médicas serían los siguientes:

  • DAÑO
  • ACTUACIÓN MÉDICA NEGLIGENTE
  • RELACIÓN DIRECTA ENTRE LA ACTUACIÓN Y EL DAÑO.

NEGLIGENCIAS MÁS COMUNES

Dentro de las negligencias médicas más comunes que generan obligación de indemnizar, estadísticamente hablando, se ubican:

  • Intervenciones Quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente con resultados de fallecimientos injustificados; tetraplejias, paraplejias, parálisis o disfunciones nerviosas.
  • Falta de empleo de los medios adecuados de diagnóstico o su empleo a destiempo Ejemplo: Procesos cancerígenos, en los que la detección precoz va relacionada directamente con la supervivencia del paciente.
  • Prescripción inadecuada de medicamentos, que pueden producir el fallecimiento o lesiones graves como alergias severas, coma…
  • Falta del consentimiento informado previo por escrito del paciente anteriormente a la práctica de operaciones quirúrgicas ó de la utilización de medios de diagnóstico de riesgo.
  • Cirugía Estética: Por no obtención del resultado prometido.
  • Por errores de diagnóstico que produzcan daños.
  • Pérdida de la oportunidad de sobrevivir por la no prestación adecuada de cuidados médicos.
  • Por transmisión transfusional de enfermedades infecciosas.
  • Por infecciones hospitalarias
  • Daños en el feto por negligencia en el transcurso del parto.
  • Daños en el feto por prescripción de medicamentos a la madre.
  • Por daños causados por no seguimiento de los Protocolos y Guías médicas al uso.
  • Listas de espera que pueden agravar y causar daños al paciente.
  • Daños producidos por el propio material quirúrgico.
  • Daños producidos por la radiación excesiva del paciente.
  • Olvido de material médico dentro del cuerpo del paciente.
  • No prestarse la asistencia sanitaria de urgencia o tardanza en prestarla.
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